Real Decreto 228/1999, de 5 de febrero, por el que se indulta a don Pablo Fernández-Pujol Algarín.

Visto el expediente de indulto de don Pablo Fernández-Pujol Algarín,

con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,

condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Cádiz, en sentencias de

fecha 17 de abril de 1997 y 12 de enero de 1996, como cooperador necesario

de un delito de robo con fuerza, a la pena de seis meses y un día de

prisión menor; un delito continuado de falsedad en documento oficial,

a la pena de dos multas de 100.000 pesetas, y de una falta frustrada de

estafa, a la pena de un día de arresto menor, con las accesorias de

suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo

de la condena, por hechos cometidos en los años 1994 y 1995, a propuesta

de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros

en su reunión del día 5 de febrero de 1999,

Vengo en indultar a don Pablo Fernández-Pujol Algarín las penas

privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no

abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total

rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años

desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 5 de febrero de 1999.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 47 del Miércoles 24 de Febrero de 1999. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.