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Visto el expediente de indulto de don Miguel Vallespí Zambudio, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona, en sentencia de fecha 20
de mayo de 1993, como autor de un delito de apropiación indebida, a
la pena dos meses de arresto mayor, y de un delito de estafa, a la pena
de dos meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1988, a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25
de septiembre de 1998,
Vengo en indultar a don Miguel Vallespí Zambudio la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que satisfaga las
responsabilidades civiles y que no vuelva a cometer delito doloso en el
plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 253 del Jueves 22 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.