Orden de 15 de abril de 1997, cumplimiento de la sentencia de la Sala Tercera, Sección Sexta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 31 de enero de 1997 en recurso interpuesto por la Junta de Decanos de los Colegios Notariales, los Colegios Notariales de Madrid, Albacete, Baleares, Bilbao, Burgos, Cáceres, Granada, La Coruña, Las Palmas, Oviedo, Pamplona, Sevilla, Valencia y Valladolid y por la Generalidad de Cataluña.

En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Decanos de los Colegios Notariales, los Colegios Notariales de Madrid, Albacete, Baleares, Bilbao, Burgos, Cáceres, Granada, La Coruña, Las Palmas, Oviedo, Pamplona, Sevilla, Valencia y Valladolid y por la Generalidad de Cataluña, contra el Real Decreto 2253/1985, de 22 de mayo, sobre especialización en Derecho Foral como mérito preferente para el nombramiento de Notarios de determinadas Comunidades Autónomas, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, del Tribunal Supremo, ha dictado con fecha 31 de enero de 1997 la sentencia firme cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Decanos de los Colegios Notariales, los Colegios Notariales de Madrid, Albacete, Baleares, Bilbao, Burgos, Cáceres, Granada, La Coruña, Las Palmas, Oviedo, Pamplona, Sevilla, Valencia y Valladolid y por la Generalidad de Cataluña contra Real Decreto 2253/1985, de 22 de mayo, que declaramos nulo. Sin costas.»

He tenido a bien disponer que se cumpla la mencionada sentencia en sus propios términos.

Lo que digo a V.I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 15 de abril de 1997.

MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Ilmo. Sr. Director general de los Registros y del Notariado.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 121 del Miércoles 21 de Mayo de 1997. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

Materias

  • Comunidades Autónomas
  • Derecho Foral
  • Notarías
  • Oposiciones y concursos