Orden de 21 de marzo de 1996 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del día 19 de enero de 1996, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 1/1199/90, interpuesto por don José María Mañero Monedo.

En el recurso contencioso-administrativo número 1/1199/90, interpuesto por don José María Mañero Monedo, contra lo que consideró desestimación tácita por el Consejo de Ministros de la reclamación de daños y perjuicios por la anticipación de su edad de jubilación efectuada en escrito de 30 de junio de 1989, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Séptima), con fecha 8 de marzo de 1994, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José María Mañero Monedo contra lo que consideró desestimación tácita por el Consejo de Ministros de la reclamación de daños y perjuicios por la anticipación de su edad de jubilación efectuada en escrito de 30 de junio de 1989; sin declaración sobre el pago de costas.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 19 de enero de 1996, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 21 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 98 del Martes 23 de Abril de 1996. Otras disposiciones, Ministerio De La Presidencia.