Resolución de 22 de diciembre de 1994, de la Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa, por la que se establece el reconocimiento y certificación de las actividades de innovación realizadas con alumnos, consistentes en la participación en la actividad de Escuelas Viajeras.

La Resolución de 17 de noviembre de 1994 de la Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa por la que se convocan para 1995 ayudas destinadas al desarrollo de la actividad de Escuelas Viajeras establece, en su cláusula decimotercera que las Administraciones educativas podrán reconocer, al profesorado participante, las actividades de innovación con alumnos que se realicen al amparo de esta convocatoria.

Por ello, esta Dirección General emite las siguientes instrucciones para regular la convocatoria de reconocimiento y certificación de estas actividades:

Primera. Estas actividades se consideran como de innovación realizadas con alumnos, a las que se refiere el último párrafo del apartado sexto.3 de la Orden de 26 de noviembre de 1992 («Boletín Oficial del Estado» del 10 de diciembre) del Ministerio de Educación y Ciencia.

Segunda. De acuerdo con lo previsto en dicha Orden, y en la Resolución de 27 de abril de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 25 de mayo), de la Secretaría de Estado de Educación, que la desarrolla, se constituirá en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia, una Comisión Evaluadora, nombrada por el Director Provincial y compuesta por:

El jefe de la Unidad de Programas Educativos, que actuará como Presidente.

Un miembro del Servicio de Inspección Educativa.

Un asesor del Departamento de Formación del Profesorado e Innovación de la Unidad de Programas Educativos.

El Director de uno de los Centros de Profesores o de Recursos de la provincia.

Un funcionario de la Dirección Provincial responsable de Actividades de Alumnos, que actuará como secretario.

Dicha Comisión, atendiendo a la calidad de las memorias que, sobre la realización de la actividad hayan sido presentadas, otorgará, como máximo, un crédito de formación a los profesores responsables de la realización de la actividad.

Tercera. La expedición de los certificados correspondientes a los participantes se efectuará por la propia Dirección Provincial.

Madrid, 22 de diciembre de 1994.-El Director general, Francisco de Asís de Blas Aritio.

Ilmos. Sres. Subdirectora general de Becas y Ayudas al Estudio y Subdirector general de Formación del Profesorado.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 20 del Martes 24 de Enero de 1995. Otras disposiciones, Ministerio De Educación Y Ciencia.