Orden de 20 de julio de 1994 por la que se autoriza la modificación de tarifas en los Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).

Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE), presentó expediente de solicitud de modificación de las tarifas vigentes ante la Junta Superior de Precios, remitiéndose copia del mencionado expediente a este Ministerio, a tenor de lo especificado en el artículo 5. del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios.

En su virtud, previo informe de la Junta Superior de Precios y de acuerdo con la autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión del día 14 de julio de 1994, dispongo:

Primero.-Se autoriza a Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) a establecer un incremento medio ponderado del 4,7 por 100 en las tarifas de viajeros.

Segundo.-Los cuadros con las tarifas, así como las condiciones de aplicación de las mismas, deberán ser aprobados, previamente a su aplicación, por la Dirección General del Transporte Terrestre.

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 20 de julio de 1994.

BORREL FONTELLES

Ilmos. Sres. Secretario general para los Servicios de Transportes, Director general del Transporte Terrestre y Presidente del Consejo de Administración de FEVE.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 180 del Viernes 29 de Julio de 1994. Disposiciones generales, Ministerio De Obras Públicas, Transportes Y Medio Ambiente.

Notas

  • Entrada en vigor 30 de julio de 1994.

Materias

  • Ferrocarriles de vía estrecha
  • Precios
  • Tarifas