Resolución de 18 de enero de 1991, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 6/1990, de 28 de diciembre, por el que se dispone la aplicación por un nuevo período de tres años del régimen de derivación de aguas con destino al Parque Nacional de las Tablas de Daimiel, establecido en la Ley 13/1987, de 17 de julio.

DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 86.2 DE LA CONSTITUCION, EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, EN SU SESION DEL DIA DE HOY, ACORDO CONVALIDAR EL REAL DECRETO-LEY 6/1990, DE 28 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DISPONE LA APLICACION, POR UN NUEVO PERIODO DE TRES AÑOS, DEL REGIMEN DE DERIVACION DE AGUAS CON DESTINO AL PARQUE NACIONAL DE LAS TABLAS DE DAIMIEL, ESTABLECIDO EN LA LEY 13/1987, DE 17 DE JULIO, PUBLICADO EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 312, DEL DIA 29 DE DICIEMBRE DE 1990, ASI COMO LA CORRECCION DE ERRORES PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 7, DE 8 DE ENERO DE 1991.

SE ORDENA LA PUBLICACION PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

PALACIO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, 18 DE ENERO DE 1991. EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS,

PONS IRAZAZABAL

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 23 del Sábado 26 de Enero de 1991. Disposiciones generales, Cortes Generales.

Materias

  • Acueducto Tajo-Segura
  • Confederaciones Hidrográficas
  • Espacios naturales protegidos
  • Parques Nacionales