Real Decreto 874/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba la reforma del articulo 9.º de los Estatutos de la Universidad de León.

Los Estatutos de la Universidad de León fueron aprobados por el Real Decreto 1247/1985, de 29 de mayo.

El Claustro de la indicada Universidad en la sesión celebrada los días 30 de mayo y 1 de junio de 1988, aprobó por mayoría absoluta el proyecto de modificación del artículo 9.º de los referidos Estatutos, que le había sido presentado de acuerdo con el procedimiento previsto para reformarlos en sus artículos 243 y 244.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 12, y en la disposición final segunda de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, la expresada modificación deberá ser aprobada por el Gobierno,

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de julio de 1988,

DISPONGO:

Artículo 1.ºComentar este artículo

El artículo 9.º de los Estatutos de la Universidad de León queda redactado de la siguiente forma:

«El Escudo de la Universidad de León será: Escudo español timbrado de Corona Real; en campo de plata un león rampante de púrpura, uñado y coronado de oro; jefe estrecho de gules con la inscripción "Universitas Legionensis" en capitales de oro y a la siniestra la Cruz de la Victoria en su color.»

Art. 2.º

El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Palma de Mallorca a 29 de julio de 1988.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

JAVIER SOLANA MADARIAGA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 186 del Jueves 4 de Agosto de 1988. Disposiciones generales, Ministerio De Educación Y Ciencia.

Notas

  • Entrada en vigor 5 de agosto de 1988.

Materias

  • Universidad de León