Corrección de errores de la Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad para pepinos destinados al mercado interior.

Advertidos errores en el texto de la Orden de 24 de marzo de 1986, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 80, de 3 de abril, por la que se aprueba la norma de calidad para pepinos destinados al mercado interior, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Página 11669, apartado 4.1, categoría «Extra», segundo guión, donde dice: «Estar bienformados y ser prácticamente rectos (altura máxima del arco: 10 milímetros por cada centímetro de longitud del pepino)», debe decir. «Estar bien formados y ser prácticamente rectos (altura máxima del arco: 10 milímetros por cada 10 centímetros de longitud del pepino)».

Página 11670, apartado 5.1.2, donde dice: «Los pepinos forzados de invernadero o cultivo protegido, comercializados entre el 1 de junio y el 31 de agosto, deben tener:», debe decir: «Los pepinos forzados en invernadero o en cultivo protegido, comercializados entre el 1 de junio y el 31 de agosto, deben tener:».

Advertidas erratas en la corrección de errores de la Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad para pepinos destinados al mercado interior («Boletín Oficial del Estado» de 19 de abril) se transcriben a continuación para su corrección.

En la página 11670, apanado 7.1, homogeneidad, debe decir: Página 11670, apartado 7.1. Homogeneidad «Cada envase, vehículo de transporte o compartimento del vehículo de transporte ...».

En la página 11670, apartado 7.2, acondicionamiento, debe decir: Página 11670, apartado 7.2. Acondicionamiento. «Los papeles y otros materiales utilizados en el interior del envase, vehículo de transporte o compartimento del vehículo ...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 184 del Sábado 2 de Agosto de 1986. Disposiciones generales, Presidencia Del Gobierno.

Materias

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