Resolución de 24 de junio de 1986, del Presidente del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 2/1986, de 23 de mayo, sobre el Servicio Público de Estiba y Desestiba de Buques y la corrección de error al mismo.

DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 86.2 DE LA CONSTITUCION, LA DIPUTACION PERMANENTE, EN SU SESION DEL DIA DE HOY, HA ACORDADO CONVALIDAR EL REAL DECRETO-LEY 2/1986, DE 23 DE MAYO, SOBRE EL SERVICIO PUBLICO DE ESTIBA Y DESESTIBA DE BUQUES Y LA CORRECCION DE ERROR PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 146, DE 19 DE JUNIO.

SE ORDENA LA PUBLICACION PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

PALACIO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, 24 DE JUNIO DE 1986, EL PRESIDENTE DEL

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 164 del Jueves 10 de Julio de 1986. Disposiciones generales, Cortes Generales.

Materias

  • Empresas
  • Estibadores portuarios
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  • Organización de Trabajos Portuarios
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  • Puertos
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo
  • Sociedades públicas
  • Tarifas
  • Trabajadores
  • Trabajo