Corrección de errores del Real Decreto 1921/1984, de 10 de octubre, por el que se aprueba el nuevo Reglamento de la Academia Española de Bellas Artes en Roma.

Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, publicado en el "Boletín Oficial del Estado " número 263, de 2 de noviembre de 1984 a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

Página 31738, articulo 5.°, donde dice: "...podrán ser otorgadas por un periodo máximo igual a aquél por el que fueron concedidas, si los estudios objeto de las mismas así lo requieran a juicio de la Dirección General de Relaciones Culturales, previo informe del Patronato de la Academia", debe decir: "... podrán ser prorrogadas por un periodo máximo igual a aquél por el que fueron concedidas, si los estudios objeto de las mismas así lo requieran a juicio de la Dirección General de Relaciones Culturales, previo informe del Patronato de la Academia".

Página 31739, falta al final del texto publicado correspondiente al artículo 37 el siguiente párrafo: "En ambos supuestos, la Academia ostentará la propiedad de la obra y podrá disponer de ella libremente...".

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 276 del Sábado 17 de Noviembre de 1984. Disposiciones generales, Presidencia Del Gobierno.

Materias

  • Academia Española de Bellas Artes en Roma
  • Dirección General de Relaciones Culturales
  • Ministerio de Asuntos Exteriores