Canje de Notas de 14 de febrero de 1982 entre España y Panamá, mediante el cual se constituye una Comisión Mixta de Cooperación Comercial, hecho en Panamá.

Panamá, 14 de febrero de 1982

Señor Ministro:

De conformidad con las conversaciones que hemos mantenido en la ciudad de Panamá durante los días 13 y 14 del mes de febrero de 1982, y de acuerdo con la voluntad de nuestros dos Gobiernos de incrementar la cooperación económica bilateral, convenimos por la presente Nota en constituir una Comisión Mixta integrada por representantes de los Gobiernos de España y Panamá.

Dicha Comisión se conocerá con el nombre de <Comisión Mixta de Cooperación Económica y Comercial entre España y Panamá>.

La creación de la citada Comisión Mixta obedece a la coincidencia de intereses que existen entre nuestros dos países, los cuales estiman conveniente fortalecer por este medio sus vínculos de amistad y cooperación.

La Comisión Mixta será el órgano encargado de vigilar el cumplimiento y de impulsar la aplicación del vigente Protocolo de Cooperación Económica de 15 de junio de 1984.

Será competencia de la Comisión Mixta estudiar y proponer a los respectivos Gobiernos las medidas que, a su juicio, sean pertinentes para desarrollar las relaciones económicas, así como para fomentar los intercambios comerciales entre ambos países. Será igualmente competencia de la Comisión Mixta identificar y promover los sectores y proyectos de colaboración que puedan ser de interés para ambos países.

La Comisión Mixta será presidida por los representantes que ambos Gobiernos designen al efecto y se reunirá alternativamente en Madrid y Panamá con la frecuencia que lo requieran los asuntos de interés común.

La Comisión Mixta podrá crear bajo su dependencia directa Subcomisiones y Grupos de Trabajo, si así se estimase necesario para alcanzar una mayor eficacia en sus trabajos. Las Subcomisiones y Grupos de Trabajo que eventualmente se constituyan presentarán a la Comisión Mixta un informe sobre las deliberaciones que en su seno hayan tenido lugar.

La Nota de vuestra excelencia y la presente Nota, debidamente firmadas, constituyen un Acuerdo entre nuestros dos países con vigencia a partir del día de su firma.

Aprovecho esta oportunidad para renovar a vuestra excelencia el testimonio de mi alta consideración.

Panamá, 14 de febrero de 1982.

José Pedro Pérez-Llorca y Rodrigo,

Ministro de Asuntos Exteriores

Al excelentísimo señor don Jorge Illueca, Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Panamá.

Panamá, 14 de febrero de 1982.

Señor Ministro:

Tengo el honor de referirme a la carta que vuestra excelencia me ha dirigido con fecha de 14 de febrero de 1982, y cuyo contenido es el siguiente:

De conformidad con las conversaciones que hemos mantenido en la ciudad de Panamá durante los días 13 y 14 del mes de febrero de 1982, y de acuerdo con la voluntad de nuestros dos Gobiernos de incrementar la cooperación económica bilateral, convenimos por la presente Nota en constituir una Comisión Mixta integrada por representantes de los Gobiernos de España y Panamá.

Dicha Comisión se conocerá con el nombre de "Comisión Mixta de Cooperación Económica y Comercial entre España y Panamá".

La creación de la citada Comisión Mixta obedece a la coincidencia de intereses que existen entre nuestros dos países, los cuales estiman conveniente fortalecer por este medio sus vínculos de amistad y cooperación.

La Comisión Mixta será el órgano encargado de vigilar el cumplimiento y de impulsar la aplicación del vigente Protocolo de Cooperación Económica de 15 de junio de 1984.

Será competencia de la Comisión Mixta estudiar y proponer a los respectivos Gobiernos las medidas que, a su juicio, sean pertinentes para desarrollar las relaciones económicas, así como para fomentar los intercambios comerciales entre ambos países.

Será igualmente competencia de la Comisión Mixta identificar y promover los sectores y proyectos de colaboración que puedan ser de interés para ambos países.

La Comisión Mixta será presidida por los representantes que ambos Gobiernos designen al efecto y se reunirá alternativamente en Madrid y Panamá con la frecuencia que lo requieran los asuntos de interés común.

La Comisión Mixta podrá crear bajo su dependencia directa Subcomisiones y Grupos de Trabajo, si así se estimase necesario para alcanzar una mayor eficacia en sus trabajos. Las Subcomisiones y Grupos de Trabajo que eventualmente se constituyan presentarán a la Comisión Mixta un informe sobre las deliberaciones que en su seno hayan tenido lugar.

La Nota de vuestra excelencia y la presente Nota debidamente firmadas, constituyen un Acuerdo entre nuestros dos países con vigencia a partir del día de su firma.>

Tengo el honor, señor Ministro, de manifestar a vuestra excelencia la conformidad de mi Gobierno con el contenido de la referida carta.

Jorge E. Illueca,

Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Panamá

Al excelentísimo señor don José Pedro Pérez-Llorca, Ministro de Asuntos Exteriores del Reino de España.

El presente Canje de Notas entró en vigor el día 14 de febrero de 1982, fecha de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 23 de septiembre de 1982.- El Secretario general Técnico, José Antonio de Yturriaga Barberán.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 248 del Sábado 16 de Octubre de 1982. Disposiciones generales, Ministerio De Asuntos Exteriores.

Notas

  • Entrada en vigor 14 de febrero de 1982.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 23 de septiembre de 1982.

Referencias anteriores

  • PUBLICA Canje de Notas Constitutivo de acuerdo, de 14 de febrero de 1982
  • CITA Protocolo de cooperación Economica, de 15 de junio de 1964

Materias

  • Acuerdos internacionales
  • Cooperación económica
  • Panamá