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Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 23, de fecha 27 de enero de 1981, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 1887, en el artículo tercero, apartado uno, donde dice, "... o de aquel en que el precio hubiera adquirido la consideración ..."; debe decir, " ... o de aquel en que el predio hubiera adquirido la considaración ...".
En la misma página e igual artículo, apartado dos, donde dice: "... natural siguiente aquel..." debe decir: "... natural siguiente a aquel ...".
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 37 del Jueves 12 de Febrero de 1981. Disposiciones generales, Ministerio De Hacienda.