Corrección de errores del Real Decreto 2198/1980, de 3 de octubre, por el que se establece un nuevo calendario de declaraciones.

Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín oficial del Estado» número 249.. de feCha.16 de octubre de 1980, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En la página 23062, primera columna, artículo 155, apartado 3, párrafo segundo, donde dice: «... rendimientos a retención», debe decir: «... rendimientos sujetos a retención»

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 284 del Miércoles 26 de Noviembre de 1980. Disposiciones generales, Ministerio De Hacienda.

Materias

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas