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Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» números 273, 274 Y 275, de fechas 14, 15 y 16 de. noviembre de 1979, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 28479, en el articulo 117, apartado 2, donde dice: «artículo 108» debe decir «artículo 109».
En la página 26485, en la disposición transitoria primera, donde dice: «en los articulos 52, 58 y 6», debe decir: ..«en los articulos 52, 48 Y 62».
- En la misma página, en la disposición final tercera, donde dice: «Resolución de la Dirección General de Inspección Tributaria de 5 de abril de 1979 ("Boletin Oficial del Estado" de 19 de abril de 1979), debe decir: ("Boletin Oficial del Estado" de 14 de abril de 1979).
En la misma página y disposición.,donde dice ..Resolución 'de la Dirección Genera] de Tributos de 20 de junio de 1979 ("Boletín Oficial del Estado" de 20 de junio de 1979), debe decir: «Boletín Oficial del Ministerio de Hacienda» de 28 de junio de 1979.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 135 del Jueves 5 de Junio de 1980. Disposiciones generales, Ministerio De Hacienda.