Corrección de errores del Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 241, de fecha 8 de octubre de l977, páginas 22288 y 22287, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En el artículo 17, donde dice: «A los efectos de lo previsto en los artículos 16 Y l8, ... », debe decir «A los efectos de lo previsto en los artículos 13 y 18».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 264 del Viernes 4 de Noviembre de 1977. Disposiciones generales, Ministerio De Asuntos Exteriores.

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