Corrección de errores del Real Decreto-ley 15/1976, de 10 de agosto, por el que se modifica la base de cotización y, se perfecciona la acción protectora por desempleo.

Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto-ley publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 195, de fecha 14 de agosto de 1976, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Articulo 4.º Tres

Donde dice: «La obtención o disfrute de las prestaciones por desempleo mediante fraude por parte del beneficiario dará lugar...»;

Debe decir: «La obtención o disfrute de las prestaciones por desempleo, mediante fraude por parte del beneficiario, dará lugar...».

Artículo 4.º Tres. Párrafo segundo

Donde dice: «... del presente artículo responderán solidariamente en todo caso del referido reintegro.»;

Debe decir: «... del presente artículo responderán solidariamente, en todo caso, del referido reintegro.».

Disposición adicional. Uno. b)

Donde dice: «..., los tipos de cotización durante los períodos que se señalan, de conformidad con los fijados en el artículo segundo del Decreto 824/1976, de 22 de abril, serán:»;

Debe decir: «..., los tipos de cotización, durante los períodos que se señalan de conformidad con los fijados en el articulo segundo del Decreto 824/1976, de 22 de abril, serán:».

Disposición adicional. Dos

Donde dice: «Las primas de la primera tarifa para la cotización por accidente de trabajo y enfermedad profesional, ...»;

Debe decir: «Las primas de la tarifa para la cotización por accidente de trabajo y enfermedad profesional, ...».

Disposición transitoria

Donde dice: «... con excepción de lo previsto en el apartado tercero del artículo primero.»; Debe decir: «... con excepción de lo previsto en el apartado segundo del articulo primero.».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 221 del Martes 14 de Septiembre de 1976. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Materias

  • Cotización a la Seguridad Social
  • Desempleo
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Seguridad Social