Desaparecidas las circunstancias que motivaron la declaración, por Decreto-ley uno/mil novecientos sesenta y nueve, de veinticuatro de enero, del estado de excepción en todo el territorio nacional, y previo acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiuno de marzo de mil novecientos sesenta y nueve,
DISPONGO:
Artículo primero.
Se levanta el estado de excepción en todo el territorio nacional, restableciéndose la vigencia de los artículos doce, catorce, quince, dieciséis y dieciocho del Fuero de los Españoles.
Artículo segundo.
El presente Decreto-ley entrará en vigor al día siguiente de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y de él se dará cuenta inmediata a las Cortes.
Así lo dispongo por el presente Decreto-ley, dado en Madrid a veintidós de marzo de mil novecientos sesenta y nueve.
FRANCISCO FRANCO
El Vicepresidente del Gobierno,
LUIS CARRERO BLANCO
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 71 del Lunes 24 de Marzo de 1969. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.