Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/5/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 83
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-15739/24.

Visto el expediente AT-15739/24, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
- Peticionario: ALSET ELÉCTRICA, S.L.
Domicilio: C/ CONSTITUCIÓN, 30 - 11692 SETENIL DE LAS BODEGAS CÁDIZ
- Lugar donde se va a establecer la instalación: POL. 7 PARC. 7 E
Término municipal afectado: Setenil - Finalidad: Aumento de potencia
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a ALSET
ELÉCTRICA, S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

LSMT Y CT INTERIOR EN CASETA PREFABRICADA EN ESTACIÓN
DE SETENIL
Coordenadas UTM UTM Huso 30 ETRS 89
Desmontaje CT I1084
CT Emplazamiento 1
Línea 1

X: 310948
Y: 4081670
Origen
Relación V

Tipo
Composición
INTERIOR
2L + P con PREFABRICADO 20.000/400 aislamiento y AISLADO
corte en SF6
Final
Tipo
Apoyo DA07049
C.T. Subterránea X:310945 Y:4081674

Tensión Longitud kV
km 20

0,017

Potencia CT

TR1: 400
Conductores
RHZ1 18/30 KV
3x1x150 mm2
Al + H16

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

2 de mayo de 2024

5. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Diez de abril de dos mil veinticuatro. LA DELEGADA TERRITORIAL.
MARÍA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado.
Nº 56.436

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA.
ANUNCIO

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 14 de marzo de 2024
se aprobó el inicio del expediente para la adjudicación, mediante procedimiento abierto y subasta, del traspaso de la titularidad del derecho de ocupación, uso, disfrute y explotación de los puestos C-16 y C-17 del Mercado Municipal de Abastos de esta Ciudad, conforme a las estipulaciones contenidas en el Pliego aprobado por el referido acuerdo.

El Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas se somete al trámite de información pública mediante la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y web municipal por plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 64 del Decreto 18/2006, de 24
de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

Durante el indicado plazo, los interesados podrán personarse en las dependencias del Servicio de Contratación y Patrimonio, en horario y días hábiles, para examinar el expediente y presentar, en su caso, las alegaciones que estimen procedentes.

Veinte de marzo de dos mil veinticuatro. LA TTE-ALCALDE DELEGADA
DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO, Fdo. Isabel M. Butrón García.
Nº 45.219


AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR DE BARRAMEDA
ANUNCIO DE APROBACION INICIAL DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA
FISCAL 305 IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS
TERRENOS DE NATURALEZA URBANA AÑO 2024

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 22.03.24, aprobó con carácter Inicial la Modificación de la Ordenanza Fiscal 305.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales R.D.L. 2/2004, de 5 de Marzo, el expediente tramitado al efecto, así como las modificaciones aprobadas, se someten a trámite de Información Pública por el plazo de TREINTA 30 DIAS HABILES, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincial.

Durante este plazo aquellos que ostenten un interés directo o legítimo, pueden comparecer en el expediente, examinarlo y formular cuantas alegaciones o sugerencias tengan por convenientes en defensa de sus derechos o intereses legítimos, a cuyo efecto estará expuesto y a disposición, en la Oficina de Gestión Presupuestaria, así como en la página Web municipal: www.sanlucardebarrameda.es y en el Tablón de Anuncios.

Si transcurrido el plazo de información pública no se presentare reclamación o sugerencia alguna, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado, si bien sus efectos estarán sujetos a la íntegra publicación de las modificaciones aprobadas en el Boletín Oficial de la Provincia.

COTEJADO. EL JEFE DE LA OGSP DEL AREA DE ECONOMÍA y HACIENDA. Fdo.: Isaac Bobillo Dorado. VºBº. EL TENIENTE DE ALCALDESA
DELEGADO MUNICIPAL DE ECONOMIA Y HACIENDA. Fdo.: Francisco Verano Sánchez.
Nº 47.134


AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR DE BARRAMEDA
EDICTO

De acuerdo con lo establecido en al Art. 3 del R.D. 243/95, de 17 de febrero, se pone a disposición del público, la Matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2024, cuota Municipal y Nacional remitida por la Administración Tributaria del Estado, la cual podrá ser examinada durante QUINCE DÍAS, contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto en

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/5/2024

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha02/05/2024

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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