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Expediente: 283.378
R.E.G.: 4.118
Visto el escrito de solicitud formulado por DON RODRIGO HIVE,
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha de 3 de octubre de 2018, la sociedad mercantil DON RODRIGO HIVE, S.L. (B-54959184), solicita la declaración en concreto de utilidad pública para la infraestructura de evacuación de la planta solar fotovoltaica denominada "HSF DON RODRIGO HIVE", ubicada en los términos municipales de Alcalá de Guadaíra y Mairena del Alcor (Sevilla), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia, en particular la Relación de Bienes y derechos afectados.
SEGUNDO.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a trámite de audiencia e información pública, insertándose anuncios en:
BOJA n.º 63 del 3 de abril de 2023 (utilidad pública).
BOP Sevilla n.º 65, del 21 de marzo de 2023 (utilidad pública).
ABC de Sevilla, de 22 de marzo de 2023.
BOE n.º 73 de 27 de marzo de 2023 (utilidad pública).
Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira, en el período comprendido entre 15 de marzo y el 28 de abril de 2023, ambos inclusive, mediante certificación expedida por la Secretaría del citado Ayuntamiento de fecha 29 de abril de 2023.
Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Mairena del Alcor, en el período comprendido entre el 2 de marzo, 14:05, hasta el 18 de abril de 2023 00:55, ambos inclusive, mediante certificación expedida por la Secretaría del citado Ayuntamiento de fecha 18 de abril de 2023.
TERCERO.- Que durante el período de información pública se presentaron alegaciones por parte de diferentes afectados particulares, mostrando disconformidad en los términos que se encuentran en el expediente de referencia, y que a continuación se resumen:
1. Las sociedades Metaway Energías Renovables, S.L., y Choose Your Way, S.L., instan la modificación del trazado de la línea aérea de evacuación de 132 kV de la planta fotovoltaica PSF Don Rodrigo, promovida por Don Rodrigo Hive, S.L., de manera que se asegura su compatibilidad con la línea aéreo-subterránea de 220 kV para la evacuación de la energía generada en los parques solares fotovoltaicos denominados "Metaway I" y "Metaway II" (Los Proyectos), que promueven Metaway Energías Renovables, S.L., y Choose Your Way, S.L., debido a la incompatibilidad del trazado de la LAAT 132 kV de la PSF Don Rodrigo con el trazado de la LAT 220 kV de los Proyectos ya que a la vista de la información facilitada en el Anuncio de información pública de la DUP para la LAAT 132 kV de la PSF Don Rodrigo, las Sociedades han podido constatar la existencia de distintas afecciones a las parcelas donde se proyecta la ubicación de la LAT 220 kV de los Proyectos que podrían hacer incompatible la evacuación de la energía generada por los Proyectos de las Sociedades.
Muestra su predisposición y voluntad de estudiar juntamente con Don Rodrigo Hive, S.L., una solución que, cumpliendo con todos los requerimientos técnicos y de seguridad, se respeten las distancias mínimas entre ambas líneas de evacuación, permitiendo el desarrollo y la evacuación de energía tanto de los Proyectos como de la PSF Don Rodrigo, de manera que no sea necesaria la modificación de los Proyectos de las Sociedades.
Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta la respuesta correspondiente, la cual obra en el expediente, y que en resumen indica lo siguiente:
El promotor manifesta su total disposición a buscar una manera de asegurar la compatibilidad de los proyectos con las mínimas modificaciones posibles, máxime teniendo en cuenta que la potencial incompatibilidad tan solo afecta a los últimos tramos de las líneas de evacuación de los respectivos proyectos, por lo que, no parece probable que se pueda llegar a producir una afección del calado suficiente como para impedir la compatibilidad de ambas infraestructuras eléctricas y el interés común manifestado por las partes de alcanzar un acuerdo satisfactorio.
2. RENOVALIA GUADALSOLAR, S.L.U.
Dice que la Sociedad se encuentra desarrollando la planta solar fotovoltaica "FV Dos Hermanas" y sus infraestructuras de evacuación (SET Renovalia Dos Hermanas y línea eléctrica de evacuación de 66 kV entre SET Renovalia Dos Hermanas y la posición de conexión en SET Empalme) "LAT Renovalia 66 kV" a ubicar en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) (el "Proyecto Renovalia").
Manifiesta que la actual configuración de dicha Línea Aérea 132 kV del Proyecto Don Rodrigo Hive afecta parcialmente al Proyecto Renovalia de la Sociedad, incompatibilizando parcialmente su correcto desarrollo.
Concretamente, la actual ubicación de la Línea Aérea 132 kV del Proyecto Don Rodrigo Hive cruza la LAT Renovalia 66 kV y pide que no se declare la utilidad pública a favor de Línea Aérea 132 kV del Proyecto Don Rodrigo Hive hasta llegar a una solución con la Sociedad para que se hagan compatibles ambos proyectos entre sí, en las parcelas sobre las que la Sociedad se encuentra desarrollando el Proyecto Renovalia.
Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta la respuesta correspondiente, la cual obra en el expediente, y que en resumen indica lo siguiente:
Con el objetivo de colaborar al buen desarrollo de los proyectos de la sociedad peticionaria y de Renovalia, así como de contribuir a alcanzar los objetivos de transición energética impuestos a nivel europeo, que trae a colación la recurrente en sus Alegaciones, el Promotor expresa su disposición para negociar la forma en que se lleve a cabo tal adaptación de la Línea 66 kV Renovalia y la Línea 132 kV Don Rodrigo haciéndolas compatibles reglamentariamente. Ello siempre y cuando no suponga cambios que pudieran considerarse como modificación sustancial a efectos de tramitación administrativa.
3. PARRALES SOLAR, S.L.U.
Expone que, en fecha de 31 de mayo de 2022, se admitió a trámite la solicitud de autorización administrativa previa del expediente EXPTE.- PFOT-877.-del MINISTERIO DE TRANSPORTE, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA para el parque solar fotovoltaico Elvira Solar, de 168 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de evacuación, en la provincia de Sevilla, promovida por PARRALES. El mencionado proyecto de parque solar fotovoltaico se situará en los términos municipales de Alcalá de Guadaira, Mairena del Alcor y Carmona.
Por tanto formulan las siguientes
ALEGACIONES:
PRIMERA.- Que, tanto el proyecto de PARRALES como el proyecto de Don Rodrigo Hive, S.L., se desplegarán sobre los términos municipales de Alcalá de Guadaira y Mairena de Alcor. En este sentido, la línea de evacuación del parque solar fotovoltaico Elvira Solar está proyectada y en fase de tramitación sobre una parte del parque fotovoltaico HSF Don Rodrigo Hive.
SEGUNDA.- En consecuencia, podría producirse un solapamiento con el proyecto de PARRALES en la parcela 49 del polígono 17 en el término municipal de Mairena de Alcor, indicada en la relación de bienes y derechos formando parte de la instalación del campo solar de la planta fotovoltaica HSF Don Rodrigo Hive.
TERCERA.- Una vez evidenciado que se producirá un solapamiento físico de las instalaciones de dos productores de energía renovable, ambos con previsible reconocimiento de su utilidad pública por parte del mismo órgano sustantivo, lo cual requiere la harmonización de intereses vía acuerdo técnico-económico entre partes al que PARRALES se ha mostrado dispuesta a llegar y que hasta la fecha no ha sido apoyado por Don Rodrigo Hive, S.L.
CUARTA.- Que, a falta de un acuerdo de harmonización en relación con el solapamiento de los proyectos de Don Rodrigo Hive, S.L., y PARRALES, esta parte entiende que la solicitud de Declaración de Utilidad Pública no puede tener mayor recorrido, e insta a paralizar su procedimiento hasta que se alcance un acuerdo técnico económico entre ambas partes.
Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta la respuesta correspondiente, la cual obra en el expediente, y que en resumen indica lo siguiente:
Según la documentación aportada por parte de Parrales Solar, S.L.U., ambos proyectos están diseñados sobre la parcela 49 del polígono 17 del término municipal Mairena del Alcor produciéndose un solapamiento en la misma.
Dicho solapamiento no se produce entre la línea de evacuación de Elvira Solar y la línea de evacuación de Don Rodrigo Hive, sino que se produce entre su línea de evacuación y la Planta Solar, por lo que la alegación al estar realizada sobre la Declaración de Utilidad Pública de la línea de evacuación carecería de todo fundamento.
CUARTO.- La sociedad mercantil DON RODRIGO HIVE, S.L. (B-54959184), es titular del expediente administrativo (Expte 283.378 R.E.G.: 4.118) relativo a la Instalación de generación de energía eléctrica conectada a red mediante tecnología solar fotovoltaica denominada HSF DON RODRIGO HIVE, con una potencia instalada de 46,9 MW y ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra y Mairena del Alcor (Sevilla), que cuenta con Autorización Administrativa previa y de construcción concedida mediante Resolución de esta Delegación del Gobierno de fecha 21 de octubre de 2022.
QUINTO.- Con fecha de 30 de enero de 20232, la sociedad mercantil DON RODRIGO HIVE, S.L., actualiza la Relación de Bienes y derechos afectados.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
• Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
SEGUNDO.- Son de aplicación general al procedimiento:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
TERCERO.- Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
• Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
• Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
• Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
• Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
• Instrucción 1/2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las Instalaciones de Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
• Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
CUARTO.- Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
El artículo 21.5 de la Ley 24/2013 establece que "Formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica".
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo. Así mismo declara de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución de electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre bienes y derechos necesarios para establecerlas, si bien establece la condición de que las empresas titulares de las instalaciones deberán solicitarla de forma expresa, como así ha sido en el presente caso.
El artículo 56 de la citada Ley 24/2013, define los efectos de la declaración de utilidad pública, indicando que:
"La declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa."
"Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública."
QUINTO.- Que la declaración de utilidad pública es el presupuesto de la operación expropiatoria y no un mero trámite, razón por la cual la Ley de Expropiación Forzosa de 1954 de 16 de diciembre, en sus artículos 1, 1.º y 9, en relación con el artículo 33 de la Constitución Española de 1978, establecen dicha declaración como imprescindible en todo procedimiento expropiatorio.
SEXTO.- El artículo 161 del RD 1955/200, establece las limitaciones a la constitución de las servidumbres de paso, esto es:
1. No podrá imponerse servidumbre de paso para las líneas de alta tensión: sobre edificios, sus patios, corrales, centros escolares, campos deportivos y jardines y huertos, también cerrados anejos a viviendas que ya existan al tiempo de iniciarse el expediente de solicitud de declaración de utilidad pública, siempre que la extensión de los huertos y jardines sea inferior a media hectárea.
2. Tampoco podrá imponerse servidumbre de paso para las líneas de alta tensión sobre cualquier género de propiedades particulares siempre que se cumplan conjuntamente las condiciones siguientes:
a. Que la línea pueda instalarse sobre terrenos de dominio uso o servicio público o patrimoniales del Estado, de la Comunidad Autónoma, de las provincias o de los municipios, o siguiendo linderos de fincas de propiedad privada.
b. Que la variación del trazado no sea superior en longitud o en altura al 10 % de la parte de línea afectada por la variación que según el proyecto transcurra sobre la propiedad del solicitante de la misma.
c. Que técnicamente la variación sea posible.
La indicada posibilidad técnica será apreciada por el órgano que tramita el expediente, previo informe de las Administraciones u organismos públicos a quienes pertenezcan o esten adscritos los bienes que resultan afectados por la variante, y, en su caso, con audiencia de los propietarios particulares interesados.
En todo caso, se considerará no admisible la variante cuando el coste de la misma sea superior en un 10 % al presupuesto de la parte de la línea afectada por la vacante.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación Territorial en Sevilla a propuesta del Servicio de Energía,
RESUELVE
PRIMERO.- Conceder a favor de la sociedad DON RODRIGO HIVE, S.L. (B-54959184), Declaración de utilidad pública en concreto para la infraestructura de evacuación de la planta solar fotovoltaica denominada"HSF DON RODRIGO HIVE", ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra y Mairena del Alcor (Sevilla), siendo sus características principales:
Peticionario: DON RODRIGO HIVE, S.L. (B-54959184).
Domicilio: C/ Reyes Católicos, 31, 2.º-A, 03003 Alicante.
Denominación de la Instalación: Línea Aérea de Alta Tensión en 132 kV HSF DON RODRIGO HIVE.
Término municipal afectado: Alcalá de Guadaíra y Mairena del Alcor.
Finalidad de la Instalación: Evacuación de energía eléctrica planta solar fotovoltaica "HSF DON RODRIGO HIVE" (b.1.1 Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos).
Descripción de la instalación:
La construcción de una línea aérea de Alta tensión de 132 kV para la evacuación de la energía generada por la futura planta solar fotovoltaica denominada "DON RODRIGO HIVE" de 46,9 MWp conectando la subestación de parque " SET Águila 132 propiedad de Endesa Distribución Eléctrica S.L. (actualmente E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.).
Línea Aérea de Alta Tensión 132 kV:
• Origen: Poste n.º 1 (incluido) LAAT 132 kV SET Don Rodrigo Hive – SET Águila.
• Final: Posición 132 kV SET Águila (Endesa Distribución Eléctrica, S.L.).
• Tensión: 132 kV.
• Categoría: Primera.
• Longitud: 6.581 metros.
• Tipo: Aérea, simple circuito, LA-180 (147-AL1/34-ST1A).
• Frecuencia: 50 Hz.
- PROYECTO MODIFICADO DE LÍNEA AÉREA 132 KV DE EVACUACIÓN DE PLANTA FOTOVOLTAICA "DON RODRIGO HIVE", CON CONEXIÓN A SUBESTACIÓN "ÁGUILA", EN LOS T.T.M.M. DE ALCALÁ DE GUADAIRA Y MAIRENA DEL ALCOR (SEVILLA) (Octubre 2022).
Técnico titulado competente: Laura Vaz Herencia. Ingeniero Técnico Industrial Colegiado nº 9.493 del Colegio de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Sevilla.
SEGUNDO.- Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el RD 1955/2000, así como en el RD 413/2014.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
TERCERO.- La servidumbre de paso aéreo y subterráneo de energía eléctrica comprenderá:
La declaración de utilidad pública llevará implícita, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Para la imposición de servidumbre de paso sobre los bienes indicados en el apartado anterior y montes de utilidad pública, no será necesario cumplir lo dispuesto sobre imposición de gravámenes en dichos bienes en las correspondientes Leyes de Patrimonio y de Montes, sin perjuicio de las indemnizaciones correspondientes.
La servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica comprenderá:
a) El vuelo sobre el predio sirviente.
b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos.
c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.
d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo anterior.
CUARTO.- El Artículo quince de la Ley de expropiación forzosa, se indica que "Declarada la utilidad pública o el interés social, la Administración resolverá sobre la necesidad concreta de ocupar los bienes o adquirir los derechos que sean estrictamente indispensables para el fin de la expropiación."
• La necesidad de ocupación tan sólo puede afectar a los bienes y derechos estrictamente indispensables para el fin de la expropiación. La administración expropiante debe apreciar si los bienes concretos cuya expropiación se solicita son necesarios para la actividad que justifica la expropiación, y si la disponibilidad de estos bienes en relación con la causa expropiandi requiere, como remedio último y limitación excepcional a la propiedad, acudir al instituto expropiatorio o si, por el contrario, es posible alcanzar esa misma finalidad por medio menos gravosos.
• Previamente al levantamiento de actas previas de ocupación, deberá aportarse una relación que concrete específicamente los bienes a expropiar, que han de ser los estrictamente indispensables para el fin de la expropiación que ha de lograrse con el mínimo sacrificio posible de la propiedad privada, debiendo valorarse dicha necesidad de ocupación en el sentido de que no exista otra medida menos lesiva para la consecución de tal fin con igual eficacia.
• La disponibilidad de los terrenos (acuerdos con propietarios), en virtud de un título hábil para ello, hace innecesario el ejercicio de la potestad expropiatoria que se pretende y por tanto carece de la causa o justificación que legitima la privación del derecho a la propiedad y el ejercicio de dicha potestad, según el art. 33 Constitución.
• Por ello, el título hábil, contrato de arrendamiento, o acuerdo entre partes que permita a la empresa beneficiaria disponer de los terrenos precisos para la instalación y funcionamiento de la explotación eléctrica, hará innecesario y por tanto injustificado, el ejercicio de la potestad expropiatoria a tal fin, siendo imprescindible para la continuación del procedimiento expropiatorio aportar al menos un extracto de las actuaciones practicadas para la fijación por mutuo acuerdo del precio de adquisición.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso administrativo ante el órgano judicial que corresponda.
ANEXO
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS.
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS PARA LÍNEA DE INTERCONEXIÓN DE PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA DENOMINADA "DON RODRIGO HIVE", CON SUBESTACIÓN "AGUILA" | |||||||||||||||
TÉRMINO MUNICIPAL DE MAIRENA DEL ALCOR | |||||||||||||||
Nº Afección S/P | DATOS DE LA PARCELA | DATOS DE LA AFECCIÓN | |||||||||||||
Nombre | Código Postal | Ref. Catastral | Polígono | Parcela | Paraje | Sup. Parcela (m²) | Clase | Uso principal | Servidumbre Vuelo (m²) | Servidumbre Vuelo + Dist. seguridad 5m (m²) | Longitud Vuelo (m) | Nº Apoyo | Sup. Apoyo y Anillo P.Tierra (m²) | Ocupación Temporal (m²) | |
1 | GUILLEN SUTIL JOSE MANUEL, GUILLEN SANCHEZ JOSE | 41510 MAIRENA DEL ALCOR (SEVILLA) | 41058A01700049 | 17 | 49 | JUAN GUARIN | 1.440.674 | Rustico | Agrario | 6366,33 | 11075,74 | 470,18 | 1, 2 | 60 | 800 |
TÉRMINO MUNICIPAL DE ALCALÁ DE GUADAIRA | |||||||||||||||
Nº Afección S/P | DATOS DE LA PARCELA | DATOS DE LA AFECCIÓN | |||||||||||||
Nombre | Código Postal | Ref. Catastral | Polígono | Parcela | Paraje | Sup. Parcela (m²) | Clase | Uso principal | Servidumbre Vuelo (m²) | Servidumbre Vuelo + Dist. seguridad 5m (m²) | Longitud Vuelo (m) | Nº Apoyo | Sup. Apoyo y Anillo P.Tierra (m²) | Ocupación Temporal (m²) | |
2 | CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDI | 41013 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01309004 | 13 | 9004 | ARROYO SALADO | 104.793 | Rustico | I- Improductivo | 2278,36 | 3234,01 | 95,44 | |||
3 | ALBARRACIN PACHECO MARIA DEL ROSARIO ALBARRACIN PACHECO ALFONSO JOSE | 41980 LA ALGABA (SEVILLA) | 41004A01300003 | 13 | 3 | GANDUL | 419.466 | Rustico | Agrario | 26055,99 | 36992,19 | 1094,83 | 3, 4 | 35 | 800 |
4 | ALBARRACIN PACHECO MARIA DEL ROSARIO ALBARRACIN PACHECO ALFONSO JOSE | 41980 LA ALGABA (SEVILLA) | 41004A01300004 | 13 | 4 | GANDUL | 681.349 | Rustico | Agrario | 3306,4 | 5610,06 | 42,68 | ½ 5 | 20 | 300 |
5 | ALBARRACIN PACHECO MARIA DEL ROSARIO | 41980 LA ALGABA (SEVILLA) | 41004A01300005 | 13 | 5 | GANDUL | 157.205 | Rustico | Agrario | 7302,81 | 11035,31 | 557,63 | ½ 5, 6 | 81 | 700 |
6 | JUNTA DE ANDALUCIA | 41092 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01309001 | 13 | 9001 | ANTIGUA CTRA SEV-MAL | 36.664 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 772,23 | 1.211,35 | 44,14 | |||
7 | PACHECO ENRILE MARIA | 41002 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01300006 | 13 | 6 | GANDUL | 79.448 | Rustico | Agrario | 3.326,67 | 5.679,64 | 234,45 | 7 | 43 | 500 |
8 | CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE MEDI | 41013 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01309002 | 13 | 9002 | ARROYO DE EL GANDUL | 10.563 | Rustico | I- Improductivo | 368,36 | 574,62 | 20,73 | |||
9 | PACHECO ENRILE MARIA | 41002 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01300007 | 13 | 7 | GANDUL | 211.212 | Rustico | Agrario | 7.254,46 | 11.083,39 | 382,42 | 8 | 38 | 500 |
10 | JUNTA DE ANDALUCIA | 41092 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01309001 | 13 | 9001 | ANTIGUA CTRA SEV-MAL | 36.664 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 623,36 | 869,03 | 24,36 | |||
11 | PACHECO ENRILE MARIA | 41002 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01300001 | 13 | 1 | GANDUL | 1.876.792 | Rustico | Agrario | 6.181,99 | 10.330,05 | 414,09 | 9 | 51 | 500 |
12 | MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA | 28003 MADRID (MADRID) | 41004A01209030 | 12 | 9030 | CTRA. DE EL GANDUL | 6.237 | Rustico | Agrario | 70,44 | 167,10 | 9,73 | |||
13 | SICILIA BONO MANUEL | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200099 | 12 | 99 | MAJADILLAS | 57.691 | Rustico | Agrario | 2.895,56 | 5.243,74 | 239,40 | 10 | 39 | 500 |
14 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209015 | 12 | 9015 | CAMINO | 9.838 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 157,02 | 817,18 | 15,68 | |||
15 | PEREZ DE LA LUZ ROSA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200097 | 12 | 97 | PALILLOS HINCADOS | 23.796 | Rustico | Agrario | 61,56 | 250,04 | 1,89 | |||
16 | GARCIA DOMINGUEZ TERESA DE JESUS, GARCIA ANTUNEZ ERNESTO FRANCISCO, GARCIA ANTUNEZ HERMINIO JAVIER, GARCIA ANTUNEZ MARIO JESUS, GARCIA ANTUNEZ RUBEN, GARCIA ANTUNEZ ADAN | 41704 DOS HERMANAS (SEVILLA) | 41004A01200098 | 12 | 98 | PALITOS HINCADOS | 21.172 | Rustico | Agrario | 2.504,18 | 4.188,27 | 230,69 | 11 | 35 | 500 |
17 | SALGUERO VELA JOSE RAMON, VELA EXPOSITO EVA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200080 | 12 | 80 | MAJADILLAS | 31.198 | Rustico | Agrario | 1.565,32 | 2.942,40 | 142,08 | 12 | 39 | 500 |
18 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209033 | 12 | 9033 | CAMINO | 5.442 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 96,93 | 157,21 | 6,02 | |||
19 | HIDALGO PULIDO JOSE, MORALES ALBALADEJO CONCEPCION | 41020 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01200077 | 12 | 77 | MAJADILLAS | 46.790 | Rustico | Industrial agrario | 2.118,58 | 3.628,11 | 150,85 | |||
20 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209016 | 12 | 9016 | CAMINO | 14.855 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 66,06 | 158,53 | 9,22 | |||
21 | CORDERO BULNES MARIA AGUILA | 41004 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01200157 | 12 | 157 | MAJADILLAS | 30.679 | Rustico | Agrario | 1500,46 | 3277,39 | 178,04 | 13 | 59 | 500 |
22 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209016 | 12 | 9016 | CAMINO | 14.855 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 47,35 | 123,74 | 7,48 | |||
23 | CANSINO CARRION JOSE MANUEL | 41610 PARADAS (SEVILLA) | 41004A01200049 | 12 | 49 | MAJADILLAS | 81.174 | Rustico | Agrario | 2.718,28 | 6.232,16 | 348,19 | 14, 15, 16 | 106 | 1500 |
24 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209016 | 12 | 9016 | CAMINO | 14.855 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 182,04 | 345,71 | 16,42 | |||
25 | HERMANOS SALGUERO MARIN SL | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200109 | 12 | 109 | MAJADILLAS | 83.561 | Rustico | Agrario | 3.818,55 | 6.553,41 | 276,23 | 17 | 18 | 500 |
26 | HERMANOS SALGUERO MARIN SL | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200051 | 12 | 51 | LA LAPA | 50.105 | Rustico | Agrario | 570,56 | 958,04 | 38,61 | |||
27 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209017 | 12 | 9017 | CAMINO | 2.847 | Rustico | I- Improductivo | 138,46 | 216,00 | 7,74 | |||
28 | HERMANOS SALGUERO MARIN SL | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200113 | 12 | 113 | LA LAPA | 18.030 | Rustico | Agrario | 2.130,77 | 3.086,13 | 95,85 | |||
29 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209018 | 12 | 9018 | CAMINO | 9.027 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 381,65 | 543,76 | 16,33 | |||
30 | EN INVESTIGACION | 41020 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01200135 | 12 | 135 | LA LAPA | 19.478 | Rustico | Agrario | 1.654,05 | 2.339,83 | 68,92 | |||
31 | HERMANOS SALGUERO MARIN SL | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200112 | 12 | 112 | LA LAPA | 45.475 | Rustico | Agrario | 1.833,46 | 3.104,54 | 126,26 | 18 | 16 | 500 |
32 | JIMENEZ PORTILLO MARIA DEL CARMEN, JAEN JIMENEZ CARLOS, JAEN JIMENEZ ISMAEL | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200137 | 12 | 137 | LA LAPA | 5.693 | Rustico | Agrario | 289,40 | 740,60 | 45,00 | |||
33 | JAEN JIMENEZ FRANCISCO | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200045 | 12 | 45 | LA LAPA | 7.805 | Rustico | Agrario | 323,22 | 772,93 | 45,08 | |||
34 | HERMANOS SALGUERO MARIN SL | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 0962202TG5306S | DS LAPILLA_LA 2 | 68.616 | Rustico | Agrario | 2330,32 | 4152,48 | 181,91 | 19 | 20 | 500 | ||
35 | BOSCH MONTES MATILDE, GONZALEZ BOSCH MATILDE, BOSCH MONTES MATILDE, GONZALEZ BOSCH INMACULADA MACARENA, GONZALEZ BOSCH SEBASTIAN DOMINGO, GONZALEZ BOSCH MATILDE, GONZALEZ BOSCH INMACULADA MACARENA, GONZALEZ BOSCH SEBASTIAN DOMINGO | 41011 SEVILLA (SEVILLA) | 0962201TG5306S | DS LAPILLA_LA 1 | 34.508 | Rustico | Agrario | 1656,17 | 2498,77 | 84,31 | |||||
36 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209018 | 12 | 9018 | CAMINO | 9.027 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 112,92 | 176,25 | 6,33 | |||
37 | HERRERA TORRES ANTONIO | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200043 | 12 | 43 | LA LAPA | 34.359 | Rustico | Agrario | 1661,7 | 3122,24 | 145,7 | 20 | 29 | 500 |
38 | CALEM SA | 41018 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01200037 | 12 | 37 | LA LAPA | 49.755 | Rustico | Agrario | 3924,59 | 6289,37 | 244,86 | |||
39 | CALEM SA | 41018 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01200035 | 12 | 35 | LA LAPA | 71.515 | Rustico | Agrario | 115,75 | 354,47 | 11,77 | |||
40 | CALEM SA, SEGURA RODRIGUEZ CARIDAD, JURADO CHAMORRO ANTONIO, JAEN JIMENEZ TERESA CONCEPCION, SANCHEZ PINEDA REMIGIO | 41018 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01200036 | 12 | 36 | LA LAPA | 18.181 | Rustico | Agrario | 1356,11 | 2473 | 115,21 | 21 | 56 | 500 |
41 | JUNTA DE ANDALUCIA | 41092 SEVILLA (SEVILLA) | 41004A01209003 | 12 | 9003 | AUTOVIA SEV.-MALAGA | 117.223 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 973,79 | 1595,9 | 62,57 | |||
42 | GUTIERREZ PALLARES MARIA CARMEN, GARCIA GUTIERREZ MARIA CARMEN, GARCIA GUTIERREZ MIRIAN, GARCIA GUTIERREZ MANUEL, GARCIA GUTIERREZ JOAQUIN, GARCIA GUTIERREZ MARIA JOSE | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01200005 | 12 | 5 | LA LAPA | 50.557 | Urbano | Suelo sin edif. | 2097,87 | 4213,44 | 211,47 | 22 | 44 | 500 |
43 | AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE GUADAIRA | 41500 ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) | 41004A01209005 | 12 | 9005 | CAMINO | 6.544 | Rustico | VT Vía de comunicación de dominio público | 52,04 | 128,49 | 7,65 | |||
44 | EDISTRIBUCION REDES DIGITALES SLU | 28042 MADRID (MADRID) | 41004A01200007 | 12 | 7 | LA LAPA | 24.291 | Urbano | Industrial | 225,47 | 741,22 | 51,7 | 23 | 34 | 500 |
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS PARA CAMINOS DE ACCESO A LÍNEA DE INTERCONEXIÓN DE PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA DENOMINADA "DON RODRIGO HIVE", CON SUBESTACIÓN "AGUILA" | ||||||||||
TÉRMINO MUNICIPAL DE MAIRENA DEL ALCOR | ||||||||||
DATOS DE LA PARCELA | DATOS DEL ACCESO | |||||||||
Nombre | Ref. Catastral | Polígono | Parcela | Paraje | Sup. Parcela (m²) | Clase | Uso | Cod. Acceso S/P | Servidumbre Paso (m²) | Tipo de acceso |
GUILLEN SUTIL JOSE MANUEL, GUILLEN SANCHEZ JOSE | 41058A01700049 | 17 | 49 | JUAN GUARIN | 1.440.674 | Rustico | Agrario | C-1.1 | 2244,34 | Camino campo a través |
GUILLEN SUTIL JOSE MANUEL, GUILLEN SANCHEZ JOSE | 41058A01700049 | 17 | 49 | JUAN GUARIN | 1.440.674 | Rustico | Agrario | C-1.2 | 5844,37 | Camino en buen estado |
TÉRMINO MUNICIPAL DE ALCALÁ DE GUADAIRA | ||||||||||
DATOS DE LA PARCELA | DATOS DEL ACCESO | |||||||||
Nombre | Ref. Catastral | Polígono | Parcela | Paraje | Sup. Parcela (m²) | Clase | Uso | Cod. Acceso S/P | Servidumbre Paso (m²) | Tipo de acceso |
ALBARRACIN PACHECO MARIA DEL ROSARIO | 41004A01300003 | 13 | 3 | GANDUL | 419466 | Rustico | Agrario | C-3.1 | 205,09 | Camino campo a través |
ALBARRACIN PACHECO ALFONSO JOSE | 41004A01300003 | 13 | 3 | GANDUL | 419466 | Rustico | Agrario | C-4.1 | 225,04 | Camino campo a través |
ALBARRACIN PACHECO MARIA DEL ROSARIO | 41004A01300005 | 13 | 5 | GANDUL | 157.205 | Rustico | Agrario | C-5.1 | 26,84 | Camino campo a través |
ALBARRACIN PACHECO MARIA DEL ROSARIO | 41004A01300005 | 13 | 5 | GANDUL | 157.205 | Rustico | Agrario | C-6.1 | 465,26 | Camino campo a través |
PACHECO ENRILE MARIA | 41004A01300006 | 13 | 6 | GANDUL | 79.448 | Rustico | Agrario | C-7.1 | 168,51 | Camino campo a través |
PACHECO ENRILE MARIA | 41004A01300007 | 13 | 7 | GANDUL | 211.212 | Rustico | Agrario | C-8.1 | 997,33 | Camino campo a través |
PACHECO ENRILE MARIA | 41004A01300007 | 13 | 7 | GANDUL | 211.212 | Rustico | Agrario | C-8.2 | 1.437,26 | Camino en buen estado |
PACHECO ENRILE MARIA | 41004A01300001 | 13 | 1 | GANDUL | 1.876.792 | Rustico | Agrario | C-9.1 | 1298,84 | Camino campo a través |
SICILIA BONO MANUEL | 41004A01200099 | 12 | 99 | MAJADILLAS | 57.691 | Rustico | Agrario | C-10.1 | 27,5 | Camino campo a través |
GARCIA DOMINGUEZ TERESA DE JESUS, GARCIA ANTUNEZ ERNESTO FRANCISCO, GARCIA ANTUNEZ HERMINIO JAVIER, GARCIA ANTUNEZ MARIO JESUS, GARCIA ANTUNEZ RUBEN, GARCIA ANTUNEZ ADAN | 41004A01200098 | 12 | 98 | PALITOS HINCADOS | 21.172 | Rustico | Agrario | C-11.1 | 22,09 | Camino campo a través |
SALGUERO VELA JOSE RAMON, VELA EXPOSITO EVA | 41004A01200080 | 12 | 80 | MAJADILLAS | 31.198 | Rustico | Agrario | C-12.1 | 15,76 | Camino campo a través |
CORDERO BULNES MARIA AGUILA | 41004A01200157 | 12 | 157 | MAJADILLAS | 30.679 | Rustico | Agrario | C-13.1 | 25,57 | Camino campo a través |
CANSINO CARRION JOSE MANUEL | 41004A01200049 | 12 | 49 | MAJADILLAS | 81.174 | Rustico | Agrario | C-14.1 | 25,36 | Camino campo a través |
CANSINO CARRION JOSE MANUEL | 41004A01200049 | 12 | 49 | MAJADILLAS | 81.174 | Rustico | Agrario | C-15.1 | 31,57 | Camino campo a través |
CANSINO CARRION JOSE MANUEL | 41004A01200049 | 12 | 49 | MAJADILLAS | 81.174 | Rustico | Agrario | C-16.1 | 29,88 | Camino campo a través |
HERMANOS SALGUERO MARIN SL | 41004A01200109 | 12 | 109 | MAJADILLAS | 83.561 | Rustico | Agrario | C-17.1 | 1697,57 | Camino en buen estado |
JIMENEZ PORTILLO MARIA DEL CARMEN, JAEN JIMENEZ CARLOS, JAEN JIMENEZ ISMAEL | 41004A01200137 | 12 | 137 | LA LAPA | 5.693 | Rustico | Agrario | C-18.1 | 63,92 | Camino campo a través |
HERMANOS SALGUERO MARIN SL | 0962202TG5306S | DS LAPILLA_LA 2 | 68.616 | Rustico | Agrario | C-19.1 | 43,65 | Camino campo a través | ||
HERRERA TORRES ANTONIO | 41004A01200043 | 12 | 43 | LA LAPA | 34.359 | Rustico | Agrario | C-20.1 | 40,69 | Camino campo a través |
HERRERA TORRES ANTONIO | 41004A01200043 | 12 | 43 | LA LAPA | 34.359 | Rustico | Agrario | C-20.2 | 104,12 | Camino en buen estado |
CALEM SA | 41004A01200037 | 12 | 37 | LA LAPA | 49.755 | Rustico | Agrario | C-21.1 | 636,23 | Camino en buen estado |
GUTIERREZ PALLARES MARIA CARMEN, GARCIA GUTIERREZ MARIA CARMEN, GARCIA GUTIERREZ MIRIAN, GARCIA GUTIERREZ MANUEL, GARCIA GUTIERREZ JOAQUIN, GARCIA GUTIERREZ MARIA JOSE | 41004A01200005 | 12 | 5 | LA LAPA | 50557 | Urbano | Suelo sin edif. | C-22.1 | 372,42 | Camino campo a través |
EDISTRIBUCION REDES DIGITALES SLU | 41004A01200007 | 12 | 7 | LA LAPA | 24.291 | Urbano | Industrial | C-23.1 | 54,96 | Camino en buen estado |
Sevilla, 22 de septiembre de 2023.- El Delegado Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, Antonio José Ramírez Sierra.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 253 del Lunes 23 de Octubre de 2023. Anuncios, Comunidad Autónoma De Andalucía.