CUESTIÓN de inconstitucionalidad número 3210-2005, en relación con el artículo 18.1 y 2 de la Ley Balear 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3210-2005, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma de Mallorca en relación con el artículo 18.1 y 2 de la Ley Balear 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial, y a lo dispuesto en el artículo 43 del Real Decreto Ley 6/2000, de 23 de junio, por posible vulneración del artículo 149.1.3.ª de la Constitución.

Madrid, a 7 de junio de 2005.-El Secretario de Justicia.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 146 del Lunes 20 de Junio de 2005. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

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